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Legislación sobre alimentaciónNuevas leyes sobre alimentación a partir del 1 de enero de 2021
Tenga en cuenta las leyes de alimentación actualizadas que entrarán en vigor el 1 de enero de 2020. Código de la Ciudad Actualizado Capítulo 5, Artículo VII, Sección 5-150: Animales molestos:
(7) El propietario o cuidador de un gato de exterior o cuidador de una colonia de gatos deberá tomar todas las medidas necesarias para evitar que se produzcan molestias por alimentación de animales salvajes o plagas.El propietario o cuidador de un gato de exterior o cuidador de una colonia de gatos será responsable de tener al gato o gatos de exterior bajo su cuidado, posesión, control o custodia:
a. Alimentar con comida específica de la especie en un plato que no sea desechable y que facilite la retirada de la comida no consumida;
b. No proporcionar alimentos que se dejen al aire libre en un entorno de "alimentación libre";
c. No alimentados en exceso.La SAFCC debe intervenir a menudo y educar a los alimentadores cuando recibimos quejas sobre gatos de exterior alimentados en exceso. La sobrealimentación atrae a otros animales salvajes como mapaches, mofetas y zarigüeyas, lo que molesta a los negocios o vecinos cercanos. Esto da lugar a prohibiciones de alimentación y a que los gatos sufran daños por envenenamiento, disparos y vertidos. En última instancia, los gatos son los que sufren por las acciones humanas. Animamos a todos los alimentadores a que empiecen ya a adaptarse a las nuevas normas. Apoyamos a la AEC y las nuevas leyes y somos conscientes de que requerirá algunos ajustes para los alimentadores, pero en última instancia beneficiará a los gatos. Apreciamos los esfuerzos de todos por cumplir las nuevas leyes. Gracias, SAFCC.